[dropcap]A[/dropcap] solo un par días que se inicie un nuevo cambio tecnológico en el ámbito de las ventas y el comercio offline y online, miles de empresas no se han sumado a la Facturación Electrónica, idea que regirá en todo Chile desde el 1 de Agosto para Pymes y abarcará emisión de documentos tributarios electrónicos, liquidación de factura, notas de débito y crédito, como también factura de compra. ¿Pero qué ocurre con aquellas empresas que aún no se suman o no alcanzan a hacerlo?
El día 01 de Agosto se pone inicio a la Ley 20.727 la cual establece el uso obligatorio de la factura electrónica tanto para Medianas y pequeñas empresas de zonas rurales por tanto los formularios timbrados anteriormente por el SII no tendrán validez y por tanto, no se podrá realizar el trámite. Es decir no podrán facturar y aquellas personas o empresas que no estén certificadas no podrán facturar, por tanto, lo que se recomienda, de forma individualizada, es generar una extensión al plazo, justificando la demora y el plazo definitivo al cambio electrónico.
Pablo Mateluna, gerente general de Enternet explica que para conseguir una certificación óptima en materia de Facturación Electrónica se debe tener en cuenta el nivel de seguridad para evitar problemas de autenticidad.
“El SII señala en su página web que el Certificado Digital es de uso personal e intransferible. Las aplicaciones de Factura Electrónica permiten operar con uno o varios usuarios, donde cada usuario debe utilizar su certificado personal”. De no ofrecer esto, lo mejor es cambiar de proveedor. También se debe contemplar si el proveedor soporta todos los documentos tributarios de la empresa, tanto en lo que se refiere a facturas de compra, liquidaciones, facturas de exportación o impuestos especiales”, indicó la autoridad.