Las criptomonedas son un activo digital que emplea un cifrado criptográfico para garantizar titularidad, asegurar integridad de las transacciones y -a la vez- controlar la creación de unidades adicionales o copias. En Chile, son entendidas como un bien digital e inmaterial, es decir, no se consideran monedas ni activos financieros ni tampoco divisas extranjeras.
En septiembre de 2021 el Gobierno ingresó un proyecto de ley al Congreso para definir las reglas y en junio de este año se ingresaron algunas indicaciones. Ahora, la nueva “La Ley Fintech” busca establecer un marco regulatorio para servicios financieros relacionados con tecnología e innovación, lo que podría abrir una puerta al desarrollo de las criptomonedas.
¿Declarar inversiones en criptomonedas?
Sin un “Banco Central” que las regule, ni necesidad de intermediarios en las transacciones, el valor de estas monedas lo imponen la oferta, la demanda y el total de activos en circulación. Pese a lo anterior, en nuestro país, quienes invierten en criptomonedas deben tributar tal como se hace con cualquier otro bien comerciable. Esto significa que las ganancias obtenidas de la compra y venta pagan -eventualmente- impuestos y, por ende, es deber de cada usuario declarar y pagar.
“Es como comprar y vender cualquier producto, lo bueno en este producto es que lo debes actualizar también por el IPC, lo que hoy permitirá que tu costo sea mayor y declarar una menor utilidad”, indica Cristián Montero, socio director de Adactiva.
Sin embargo, el especialista tributario aclara que -de acuerdo con un oficio del SII- las criptomonedas no están afectas al IVA. “Es importante precisar que los mercados de criptomonedas que declaran y operan en Chile -como Buda y Orionx- están obligados a informar al SII respecto, todas las operaciones que realizan sus clientes”, señala.
En cuanto al escenario actual, la recomendación del contador auditor es que cuando los valores de las criptomonedas están bajos, quizás convenga vender en pérdida y recomprar, ya que las pérdidas pueden ser gastos en el actual o futuros ejercicios. No obstante, no se trata de una inversión para tomar a la ligera.
“Desde nuestra experiencia, conviene declarar este negocio como empresa y no como persona natural, ya que permitirá mantener un mejor orden. En caso de generar pérdidas (pensando en los actuales precios de las criptomonedas), esto podría utilizarse como gastos para otros ingresos de la empresa, tanto este año como el próximo, además si se reinvirtieran estos fondos, las utilidades al no ser retiradas de la empresa, no aumentarán el impuesto personal de los socios”, puntualiza el socio director de Adactiva, quien recuerda que este año las empresas de menor tamaño tienen una tasa inferior de impuestos.